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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380917
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2057
ESCUELAS "ARTICULO 123" SUELDOS DE LOS PROFESORES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2057
Los sueldos de los profesores de las escuelas ubicadas en los centros de trabajo, no pueden ser considerados como créditos fiscales, de los que pueden hacerse efectivos mediante el procedimiento económicocoactivo, por lo que la aplicación de tal procedimiento para dicho efecto, resulta violatorio de las garantías consignadas en el artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1471/37. Aldama Leandro. 11 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Alfredo Iñárritu.