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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380970
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 315
TRABAJADORES SINDICALIZADOS, PREFERENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 315
Si bien es cierto que la fracción I del artículo 111 de la Ley Federal del Trabajo, dispone que es obligación de los patronos, preferir en igualdad de circunstancias, a los trabajadores sindicalizados, también lo es que para que ese precepto tenga aplicación, es necesario que se pruebe la existencia de circunstancias que ameriten tal preferencia, y que no concurren, además, los otros requisitos señalados en la primera parte de la citada fracción.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6042/36. American Bed Company, S. A. 14 de enero de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.