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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 453
CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 453
Si existe un convenio entre la empresa y el trabajador, pero no fue ofrecido como prueba en el expediente, y además, ese convenio tuvo como fundamento determinado grado de incapacidad del obrero, que fue inferior a aquel que la Junta tuvo por acreditado, en virtud del dictamen médico respectivo, la Junta puede, al ordenar la ejecución, tener por descontada la cantidad que ya se había pagado al trabajador en virtud del convenio y condenar a la cantidad faltante, con lo cual no viola garantía individual alguna.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6739/36. Compañía Minera del Cubo, S. A. 16 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.