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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381192
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 276
ESCUELAS ARTICULO 123, MULTAS POR NO ESTABLECERLAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 276
Si una multa fue impuesta a una persona, por el inspector escolar federal, cuando todavía estaba en trámite una instancia ante la Secretaría de Educación Pública, relacionada con el establecimiento de una escuela tipo "Artículo 123", aun cuando con posterioridad, esa instancia sea resuelta, en sentido desfavorable, si tal resolución no quedó firme en virtud de un amparo interpuesto contra la misma, es anticonstitucional la imposición de tal multa, y procede el amparo que en contra de ella se interponga.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3002/36. A. viuda de Borbolla María Bertha. 10 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.