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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381200
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 402
VACACIONES, SALARIOS CORRESPONDIENTES A LOS DIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 402
Si el trabajador presta sus servicios en los días señalados como de vacaciones, por el contrato respectivo, es claro que tiene derecho a que se le pague salario extraordinario, ya que el servicio debe considerarse como tal, o bien como prestado por el trabajador, en substitución de la persona a quien, en esos días, hubiera utilizado el patrono y a la que forzosamente habría tenido que pagar su salario.
Precedentes
Amparo directo en materia laboral 666/36. Cortés Zapata Julio. 15 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.