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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1165
DESCANSO DOMINICAL, OBLIGACION DE ACATARLO (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1165
El Decreto Número 3818 de 10 de julio de 1934, expedido por el Congreso Local del Estado de Jalisco, tiende a garantizar los intereses de la sociedad, reglamentando el descanso dominical y los horarios del comercio, y la restricción que impone dicho decreto, encuentra apoyo en el artículo 4o. de la Constitución, y, por eso, no puede decirse que es violatorio de él.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6141/36. Ramos Víctor y coagraviados. 12 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. Relator: Agustín Aguirre Garza.