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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1395
CONTRATOS DE TRABAJO, TERMINACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1395
Si bien puede decirse que, aun cuando no se hubiese probado que los contratos de los trabajadores fueran para obra determinada, si de hecho concluyeron los trabajos de la empresa, la misma quedaba autorizada para separar a los obreros, atenta la disposición de la fracción IV del artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, debe tenerse en cuenta que si lo único que se demostró fue que se habían concluido determinados trabajos, mas no la totalidad de ellos, y no está demostrado que los trabajadores solamente hubieran sido utilizados para aquellos trabajos, sino que hay presunciones de que fueron utilizados en diversos servicios, es claro que no quedó debidamente comprobada la terminación de la obra.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5002/36. Zárate Santiago y coagraviados. 18 de noviembre de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.