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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1450
SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO EN CASO DE QUEJA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1450
Si se endereza una queja contra la resolución de un Juez de Distrito, que fija el monto de los gastos que deben cubrirse al quejoso, con motivo de la contrafianza, no debe suspenderse el procedimiento, por no encontrarse el caso comprendido en el artículo 101 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 552/36. Vales Millet Carlos. 23 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.