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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381314
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1541
SINDICATOS OBREROS, CAMBIO DE PERSONAS FISICAS EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1541
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha resuelto que no se deben declarar rotos los contratos de trabajo celebrados entre un sindicato de obreros y un sindicato patronal, por la circunstancia de que no sean las mismas personas físicas las que ocupan los puestos correspondientes a miembros del sindicato obrero, en determinada negociación.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 597/36. Guillermo Espinoza y Compañía. 25 de noviembre 25 de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.