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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1631
TRABAJO, CONVENIOS INEFICACES EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1631
Si el convenio que celebre una compañía con uno de sus trabajadores, por indemnización constitucional, por un accidente de trabajo, está hecho en términos generales, y más tarde, a causa del mismo accidente, muere el trabajador, los hechos de haberse celebrado el convenio en términos generales, para garantizar situaciones futuras e inciertas, y no establecerse en él una precisa indemnización por determinada incapacidad permanente, son motivos fundados para que la Junta no lo tenga en cuenta, y el amparo que contra tal acto se pida, debe negarse.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6426/36. Compañía Dos Carlos, S. A. 27 de noviembre de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.