Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/381327
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381327
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1670
LAUDOS PRONUNCIADOS OBEDECIENDO UNA SENTENCIA DE AMPARO, AMPARO CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1670
Si una Junta de Conciliación y Arbitraje acata la ejecutoria de que se ordena dictar un nuevo laudo, las nuevas violaciones que con el mismo haya podido causar, deben reclamarse, por medio de un nuevo amparo; mas si el Juzgado de Distrito al que se dirige, no lo acepta, se puede ocurrir en queja y éste debe declarase fundada.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 244/36. Vergara Anastasio. 28 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.