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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381376
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 277
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 277
Conforme a la fracción II del artículo 129 de la Ley Federal del Trabajo, si son varios los lugares designados para la ejecución del trabajo, es competente para conocer de la reclamación que formule un obrero, por separación injustificada de su empleo, la Junta del domicilio del demandado.
Precedentes
Competencia 81/36. Suscitada entre la Junta Especial Número Seis de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco. Ochoa Vizcaíno José. 13 de julio de 1936. Unanimidad de veinte votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.