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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 247
PATRONOS, SANCIONES A LOS, POR LA RETENCION DE SALARIOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 247
Si bien es cierto que es potestativo para el quejoso recurrir únicamente el acto reclamado en la parte que estima lo perjudica, también lo es que si un patrono es demandado por retención de salarios, durante trece años y confesó tales hechos, siendo indudables los beneficios obtenidos por el propio patrono, al aplazar por largo tiempo la entrega de tales salarios, se hace por ello merecedor a una sanción que tiene facultad de imponerle la Junta respectiva.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2356/36. Villanueva Rivero Alfonso. 11 de julio se 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.