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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
381420
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 657

PATRONOS, AUTORIDADES QUE PUEDEN APLICAR SANCIONES A LOS.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 657

Precedentes

Tomo XLIX, página 2390. Indice Alfabético. Amparo 3060/36. Haro Angela de. 26 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio M. Trigo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XLIX, página 2390. Indice Alfabético. Amparo 1015/36. Estrada viuda de Cerecedo Isabel. 26 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Relator: Alfredo Iñárritu. Tomo XLIX, página 657. Amparo en revisión en materia de trabajo 1934/36. Urquiza Rubio Carlos. 28 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Xavier Icaza.
Registro digital (IUS): 381420