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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381442
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 831
SALARIOS CAIDOS, LIMITE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 831
Los salarios caídos no pueden abarcar un periodo mayor de cincuenta y cuatro días, que es la suma de los diversos plazos que la Ley Federal del Trabajo fija para que las Juntas de Conciliación resuelvan los conflictos sometidos a su decisión.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1798/36. Compañía Carreteras de México, S. A. 6 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.