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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381462
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1036
FERROVIARIOS, SEPARACION INJUSTIFICADA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1036
Si está comprobado en un expediente arbitral, que la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México canceló cincuenta marcas de demérito que tenía un obrero, es falso que para reingresar a su trabajo tuviera sesenta y cinco marcas de demérito, si se consideran borradas las cincuenta marcas que le fueron canceladas siendo por tanto evidente que al separar al trabajador, de acuerdo con lo estipulado en el convenio colectivo de trabajo, se le separo injustificadamente, y por consiguiente, si la Junta respectiva condena a la empresa a la reinstalación del obrero y a pagarle los salarios caídos correspondientes, aun cuando fuera apoyándose en distintas razones, la expresada Junta está en lo justo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2863/36. Ferrocarriles Nacionales de México S. A. 14 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.