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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381475
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1281
GERENTES, CARACTER DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1281
Los gerentes de una negociación deben ser considerados como trabajadores, en atención a que el párrafo segundo del artículo 4o. de la Ley de Trabajo así lo establece, al decir, textualmente, que: " se consideraran representantes de los patronos y, en tal concepto, obligan a éstos en sus relaciones con los demás trabajadores; los directores, gerentes, etcétera," además de que, en las labores de dichos gerentes se encuentran satisfechos los elementos constitutivos del contrato de trabajo, puesto que llegan a guardar respecto a los socios o integrantes de la empresa, una relación de dirección y dependencia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2013/36. Compañía Industrial del Pacífico. 22 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.