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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381477
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1285
CONTRAFIANZA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1285
Como la contrafianza en el amparo responde tanto de la reposición de las cosas al estado que guardaban antes de la violación de garantías, como del pago de los daños y perjuicios que sobrevengan por la suspensión del acto que se reclama, es claro que aun cuando el amparo se hubiere concedido, para sólo el efecto de que se pronuncie nuevo laudo y aun admitiendo que el mismo esté por dictarse, deben reponerse, mientras tanto, las cosas, al estado que guardaban con anterioridad a la violación reclamada, ya que de no hacerse así, se anularían los efectos de la protección concedida, a más de que no es de suponerse el sentido de la nueva resolución.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 340/36. Mendoza María. 22 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.