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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1327
TRANSPORTE, NATURALEZA DEL CONTRATO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1327
El acto de transporte, para ser comercial, presupone necesariamente una organización de los factores productivos, tendientes a desarrollar la actividad productora de transporte, de lo que se infiere que no pueden tenerse como actos de comercio, los transportes aislados, accidentales, aunque los determine el espíritu de lucro, y mucho menos los realizados para ejercer un oficio, como el de carretero, que sólo tiende a procurarse un salario, mediante la prestación de su trabajo.
Precedentes
Recursos de súplica 89/24. Ferrocarriles Nacionales de México S.A. 25 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.