Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/381519
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381519
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1975
TRABAJO, COMPROBACION DE LA FALTA DE CUMPLIMIENTO AL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1975
Si se alega que una Junta cambió la naturaleza de la prueba, porque la incompetencia de un trabajador debió comprobarse mediante prueba pericial y no mediante testigos, no es de admitirse tal alegación, si no es exacto que dicha Junta diera como comprobada la incompetencia del trabajador por medio de prueba testimonial, si no su falta de cumplimiento al contrato de trabajo y, si además, no sólo se fundó en la citada prueba testimonial, si no en la documentación relativa a las quejas o devoluciones de mercancías que le hicieron algunas casas comerciales al patrono, no por su mala calidad, sino porque no se encontraba la mercancía convenientemente preparada por el mencionado trabajador, con lo que éste ocasionó perjuicios materiales al patrono.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2618/36. Zimmermann José. 25 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.