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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381528
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1614
ESCUELAS "ARTICULO 123" SOSTENIMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1614
De acuerdo con la fracción VIII del artículo III de la Ley Federal del Trabajo, no es indispensable que una persona sea propietaria de una finca, para que tenga obligación de sostener la escuela tipo "Artículo 123", sino que deben sostenerla aquellos que tengan el carácter de patronos y a quien sirvan trabajadores de los que dependa el número de niños en edad escolar, que previene la ley, para ese efecto.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1914/36. Legorreta Manuel. 9 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.