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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381645
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2528
TRABAJADORES, DESCUENTOS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2528
Si una empresa es conminada por dos autoridades distintas para hacer un mismo pago, es claro que tiene indiscutible interés en que la cuestión se decida por las autoridades federales a fin de no resentir el perjuicio consistente en hacer un mismo pago dos veces, por lo que no es improcedente el amparo que con este motivo se interponga.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1889/36. Ferrocarriles Nacionales de México, S. A. 14 de mayo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.