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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381646
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2527
ALIMENTOS, DESCUENTOS A LOS TRABAJADORES POR CONCEPTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2527
Como los artículos 123 constitucional y 91 y 95 de la Ley Federal del Trabajo, protegen al trabajador no sólo como individuo sino como jefe de familia, no puede aceptarse que el mismo esté exento de la obligación de suministrar a sus familiares, los medios necesarios para su subsistencia; razón por la que, cuando el trabajador se niega a cumplir con esta obligación, sus familiares tienen derecho a solicitar y obtener el embargo de la parte proporcional del salario de aquél, porque la prohibición contenida en los artículos citados de la Ley Federal del Trabajo, se refiere exclusivamente a las reclamaciones que pudieran presentar los patronos y terceras personas, y sería además altamente inmoral favorecer al trabajador hasta colocarlo en el caso de negar alimentos a sus hijos, poniéndolo al abrigo de toda coacción para obligarlo al cumplimiento del deber.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1889/36. Ferrocarriles Nacionales de México, S. A. 14 de mayo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.