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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2942
OBREROS, INDISCIPLINA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2942
Si bien es cierto que un trabajador no está autorizado, por el hecho de prestar sus servicios a un patrono, a introducirse por la fuerza en determinado taller u oficina y que esto constituye un acto de indisciplina, también lo es que tal falta no amerita un correctivo que deba consistir precisamente en la separación del trabajo, que es la más grave que se puede imponer a un trabajador, sino otra de menos importancia.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1887/36. Ferrocarriles Nacionales de México, S.A. 11 de junio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Octavio M. Trigo.