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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3043
COMPETENCIA DE LA JUNTA POR SUMISION EXPRESA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3043
Si el actor ocurre a deducir su acción ante una Junta Central de Conciliación y Arbitraje y después promueve incompetencia ante una Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, la sumisión expresa de dicho actor basta para decidir la competencia en favor de la primera de las citadas Juntas, de acuerdo con los artículos 154, fracción I, y 162 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos, aplicables de acuerdo con el artículo 16 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Competencia 127/36. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje e del Estado de Morelos y la Junta Especial número Tres, de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 15 de junio de 1936. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.