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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381701
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3512
CONTRAFIANZA EN AMPARO, EN MATERIA DE TRABAJO, INDEMNIZACION POR LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3512
La indemnización por gastos de la contrafianza en el juicio de amparo, debe exigirse ante los Jueces de Distrito, y no ante los tribunales del trabajo, pues aun cuando tales gastos puedan conceptuarse como erogados con motivo de la ejecución de un laudo, los mismos deben exigirse precisamente en el juicio en que fueron erogados, pues los tribunales del trabajo no estarían en posibilidad de determinar el monto exacto de aquellos y demás circunstancias que les son inherentes.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1449/36. Ferrocarriles Nacionales de México, S. A. 30 de junio de 1936. Mayoría de tres votos. Disidente: Salomón González Blanco. La publicación no menciona el nombre del ponente.