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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381712
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 529
JUNTAS, PRUEBA INSTRUMENTAL ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 529
Si ante una Junta de Conciliación y Arbitraje, se demuestra que fue ofrecida y admitida una prueba instrumental, consistente en la expedición de la copia certificada de una acta de nacimiento, para comprobar el parentesco de una persona con un obrero fallecido en un accidente de trabajo, y de autos consta que no se libra el oficio respectivo, y, por consiguiente, que no se desahoga la prueba de que se trata, es fundado el agravio que por tal concepto se alegue, y procede otorgar la protección federal, para el solo efecto de que la Junta respectiva mande desahogar dicha prueba y, teniendo en cuenta el resultado que la misma arroje, dicte nuevo laudo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4288/35. Valencia María. 15 de enero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.