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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381726
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 701
LAUDOS EN CONCIENCIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 701
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje son soberanas para la apreciación en conciencia, de las pruebas, y por consiguiente, bien puede una Junta dar valor probatorio a la declaración de un solo testigo, máxime, si se considera que el mismo trabajador reclamante conviene en su declaración ante la Junta, en haber dispuesto de objetos pertenecientes al patrono, aunque no en la cantidad que éste dice, y porque, según expresa el propio trabajador, ya no era útil dicho objeto al referido patrono.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5829/35. Cardona Manuel. 17 de enero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator:Alfredo Iñárritu.