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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 700
TRABAJO, RESCISION DEL CONTRATO DE, POR CULPA DEL TRABAJADOR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 700
Si queda demostrado que un trabajador sustrajo algún objeto de la propiedad del patrono, lo que implica una falta en el servicio, sin haberse discutido el punto de si esa sustracción fue durante o fuera de las horas de servicio, y no habiéndose alegado por el trabajador, que la substracción se hubiese hecho fuera de las horas de servicio, es claro que si la Junta resuelve que la falta quedaba incluida en lo preceptuado por los artículos 113, fracción IV, y 121, fracción IX, de la Ley Federal del Trabajo, no viola en perjuicio del referido trabajador, garantía individual alguna.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5829/35. Cardona Manuel. 17 de enero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator:Alfredo Iñárritu.