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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381737
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 730
RESPONSABILIDADES RESULTANTES DEL CONFLICTO DE TRABAJO, INTERESES COMO PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 730
La Ley Federal del Trabajo no expresa que la responsabilidad del conflicto se traduzca en daños y perjuicios que, tratándose del pago de cantidades de numerario, sean los réditos legales que causaren las cantidades adeudadas, y aun cuando sería de desearse que se estableciera la obligación de cubrir tales réditos, no hay precepto que así lo establezca.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5584/35. Cantero Antonio y coagraviada. 17 de enero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.