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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381745
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 952
FERROVIARIOS, PAGO DE SALARIOS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 952
Si una Junta de Conciliación y Arbitraje condena a la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México, a pagar a un trabajador los salarios, desde que tuvo derecho de ocupar determinado puesto, hasta que, por virtud de un convenio celebrado con el sindicato respectivo, se sustituyó ese puesto por otro que tenía mayor categoría que el que ocupaba el trabajador reclamante, ningún agravio se causa a dicho trabajador, porque, aun cuando es cierto que el mismo trabajador tenía derecho de que se le pagaran los salarios correspondientes al tiempo de su postergación, ese derecho dejó de existir en el momento en que el puesto mencionado fue sustituido por el de mayor categoría, pues desde que se operó esa sustitución, desapareció la situación de postergación en que se encontraba el trabajador y la obligación por parte de la empresa, de pagarle sus salarios.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5537/35. Navarro Emiliano. 21 de enero de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Salomón González Blanco. Relator: Xavier Icaza.