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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1146
ENFERMEDAD PROFESIONAL, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1146
La jurisprudencia establecida en el sentido de que basta con que el obrero sufra una enfermedad en el desempeño de su trabajo o con motivo del mismo, para que tenga derecho a la indemnización correspondiente, quedando al demandado la carga de la prueba del hecho relativo a si la enfermedad es o no, profesional, solamente es aplicable cuando se trata de alguna de las enfermedades que la Ley Federal del Trabajo enumera, dándoles el carácter de profesionales.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5654/35. Mata viuda de López Vicenta. 23 de enero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.