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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1550
EMPRESAS DE TRANSPORTES, CONFLICTOS DE TRABAJO EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1550
Si una empresa, en virtud de una concesión federal, explota el servicio público de pasajeros en una carretera nacional, es claro que el conocimiento de las diferencias surgidas entre los trabajadores y patronos de dicha empresa, corresponde a la Junta Federal de Conciliación, que ejerza jurisdicción en el caso, de acuerdo con lo establecido por los artículos 353 y 359 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Competencia 427/35. Suscitada entre la Junta Municipal Permanente de Orizaba, Veracruz y la Junta Federal Número Cinco, en el propio Estado. 29 de enero de 1936. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.