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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381785
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1641
AUTORIDADES, ESTAN OBLIGADAS A JUSTIFICAR SUS ACTOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1641
Las autoridades responsables están obligadas a comprobar la justificación de sus actos y la legalidad de sus procedimientos, por lo que si ni la Secretaría de Educación Pública, ni el director de Educación Federal en un Estado, comprueben que una persona hubiese sido oída y que se le facilitaron los medios de defensa a que tienen derecho conforme al artículo 685 de la Ley Federal del Trabajo, es evidente que quedaron demostradas las violaciones que a ese respecto alegue dicha persona, y por lo mismo, debe otorgarse la protección federal que solicite, con tanta más razón, si la misma autoridad confiesa de manera categórica, que, por distracción o por olvido, no justificó sus procedimientos oportunamente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5658/35. Martínez viuda de Moller Elena. 30 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.