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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381806
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1987
PERSONALIDAD ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 1987
Si una persona interviene en un juicio arbitral, como gerente de una empresa demandada, representándola con tal carácter en una reclamación, es indudable que a la empresa corresponde probar que esa persona ya no tenía su representación, en la fecha en que debió absolver posiciones y no limitarse a nombrar un representante especial, caso en el cual el actor está en su perfecto derecho de articular posiciones a aquél y la Junta a tener a la empresa por confesa, de acuerdo con el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, al no concurrir su primitivo representante a absolverlas.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6397/35. Mutualista de México, Compañía de Seguros Sobre la Vida, S. C. L. 6 de febrero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.