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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381809
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2058
CONTRATOS, RESCISION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2058
Cuando exista un contrato sinalagmático, por mas de que una de las partes no haya cumplido con todas las prestaciones a que estaba obligada, esto no le impide solicitar la rescisión del contrato, siendo indudable que si un patrono es condenado justamente al cumplimiento de las prestaciones que dejó de llevar a efecto, aun cuando el cocontratante no cumpla con las condiciones a que se sujeto, puede ser rescindido el contrato.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5872/35. Zamora de Botello Paula. 7 de febrero de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.