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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381832
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2385
CONVENCION DE LA INDUSTRIA TEXTIL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2385
Teniendo la Junta por comprobado que la convención colectiva de la industria textil, era la forma contractual vigente entre un sindicato y una empresa, debe aplicar las estipulaciones de la convención en sus términos, y no resolver que los salarios de los trabajadores deben pagarse de acuerdo con la fórmula propuesta por los empresarios.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 752/33. Sindicato de Obreros Hilanderos de la Fábrica de "San Pedro". 12 de febrero de 1936. unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.