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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381838
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2465
ACTO RECLAMADO, PRUEBA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2465
El hecho de que un Juez de Distrito declare probado el acto reclamado, no quiere decir que haya reconocido ni aceptado, al hacer tal apreciación, la existencia de las violaciones alegadas por la parte quejosa en el juicio, ya que tal declaración sólo se refiere a precisar que se tiene por cierta la existencia de un fallo, que es lo que constituye el acto reclamado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6614/35. García Pedro y coagraviados. 13 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.