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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381849
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2546
TRABAJADORES, PAGO DE HORAS EXTRAS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2546
Si un obrero alega que trabajó un número determinado de horas extra, incluyendo los días festivos y los que debía de disfrutar por vacaciones, sin que se le pagara el ciento por ciento que le corresponde, y el patrono lo niega, agregando que, aun en el supuesto de que hubiera trabajado horas extraordinarias, opone la excepción de prescripción para todas las anteriores a un año a la presentación de la demanda, debe absolverse al mencionado patrono, si la única prueba propuesta por el actor, o sea la confesión del demandado, en nada le favorece, y por tanto, no se llega a probar el trabajo extraordinario ni el derecho de la indemnización constitucional y en cambio, con la confesión del mismo actor, el demandado probó su defensa así como con los documentos que presenta, referentes a la indemnización constitucional, y al contrato de trabajo, documentos que fueron reconocidos por el actor ante la Junta.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6856/35. Galicia Pedro. 14 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Octavio M. Trigo.