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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381873
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2953
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, ESTIMACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2953
Si el representante de un sindicato expresa que en el procedimiento seguido en contra de un trabajador, se cumplieron estrictamente las disposiciones legales que regían su expulsión y despido, afirma implícitamente que existió causa para realizar ambos hechos, y por lo mismo, el sindicato estuvo en aptitud de acreditar la justificación de la expulsión realizada, ofreciendo, al efecto, el acta respectiva en la que consta que se dictó el correspondiente acuerdo, y la Junta de Conciliación y Arbitraje esta en lo justo, si toma en consideración ese documento para resolver que, tanto la empresa como el sindicato de la misma, procedieron apegándose a lo establecido en el contrato de trabajo correspondiente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6039/35.Luna Ernesto. 21 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.