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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3854
CLAUSULA DE EXCLUSION EN LOS CONTRATOS DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3854
La facultad que el artículo 236 de la Ley Federal del Trabajo otorga a los sindicatos, no queda complementada para su ejecución, sino cuando en el contrato de trabajo correspondiente, existe la cláusula de exclusión, la que, a su vez, queda determinada por la prevención que al respecto contiene el artículo 49 de la propia ley; por lo que no puede aceptarse que el simple reconocimiento hecho por las partes contratantes respecto de la facultad que el citado artículo 236 otorga a los sindicatos, constituye por sí sola una cláusula de exclusión, pues esta facultad no previene de acuerdo entre particulares, sino que se haya reconocida y sancionada por la ley, y es condición indispensable para regular dentro de la mayor seguridad y equilibrio, las relaciones entre el capital y el trabajo, que las estipulaciones contenidas en los contratos respectivos sean lo suficientemente claras y precisas.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3210/35. Kido Tomás y coagraviados. 6 de marzo de 1936. unanimidad de cinco votos. Ponente: Salomón González Blanco.