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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381943
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4431
HORAS EXTRAORDINARIAS, PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4431
Si una empresa de espectáculos admite que un obrero trabajaba una hora mas los díaz de función, y se comprueba que las funciones terminaban después de las veinticuatro horas, es manifiesto que la propia parte demandada confiesa que el obrero trabajaba una hora extraordinaria y que se trata de trabajo nocturno y, en consecuencia, procede condenar a la empresa al pago de una hora extra por cada jornada que se hubiere llevado a cabo, durante el último año de servicios del obrero, si se opuso la excepción de prescripción.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 120/36. Cabrera Juan Manuel. 16 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.