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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381949
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4658
AGENTES DE SEGUROS, CONDICION JURIDICA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4658
En los contratos de los agentes vendedores de pólizas, la retribución que les corresponde no es absolutamente cierta y determinada, sino que depende, fundamentalmente, de que los asegurados paguen las diferentes primas, a que quedan obligados mediante la expedición de la póliza; de manera que no es posible fijar, al celebrarse el contrato de seguro, la cantidad a que el agente tiene derecho, pues lo único cierto es la comisión que le corresponde sobre la prima inicial, no así sobre las subsecuentes, ya que no se puede saber si los asegurados van, o no, a pagarlas; en tal virtud, no es exacto que el agente tenga derecho, desde que se expide y es aceptada una póliza, a obtener una comisión sobre la prima inicial y las subsecuentes, sino que su derecho se limita a la comisión sobre la prima inicial y a percibir comisión sobre las primas subsecuentes, siempre que las mismas se paguen, o lo que es lo mismo, es un derecho sujeto a condición suspensiva, que no ha entrado de manera definitiva en el patrimonio del agente; por lo que, para determinar cuál es la cantidad percibida por dicho agente, durante el tiempo que prestó sus servicios, sólo debe computarse la comisión sobre las primas ya pagadas por los asegurados, pero no la eventual sobre las primas subsecuentes, que aún no se sabe si serán, o no, pagadas.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6802/36. Wever Arístides E. 19 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Relator: Alfredo Iñárritu.