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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381957
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4770
TERCERIAS ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4770
Si el demandado en un conflicto de trabajo, es notificado del laudo que lo condena a pagar determinada cantidad y requerido para hacer el pago, se niega a cumplir con esa condena, y el actor pide que se practique embargo en bienes inmuebles que señala como de propiedad del demandado, y éste, después de ser requerido de pago, vende dichos bienes, es evidente que lo hizo para defraudar los intereses del actor y, por consiguiente, no queda comprobada la acción que como tercerista intente el comprador de esos bienes, si presenta como título a su favor, el testimonio de la escritura de compraventa de aquellos que fueron embargados con anterioridad a la fecha en que se llevó a cabo tal operación de compraventa.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6658/35. Cervantes Isidro. 20 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.