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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 381968
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5018
TRABAJO, CREACION DE NUEVAS CONDICIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 5018
Por creación de nuevas condiciones de trabajo, debe entenderse no sólo el cambio que se opera en el desempeño de las labores, por modificaciones técnicas en la maquinaria, sino la implantación de nuevas normas que regulen el desarrollo del trabajo, en las relaciones obrero-patronales, interpretación que se apoya en la exposición de motivos de la Ley Federal del Trabajo, cuyo párrafo cincuenta y tres, al hablar de los conflictos entre el capital y el trabajo, señala como motivos de conflictos de orden económico, la petición que tiende no a obligar a una de las partes a que se someta a una disposición legal o contractual,sino a modificar o alterar las normas contractuales preexistentes, o aquellas que han sido sancionadas solamente por el uso.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4818/35. Huasteca Petroleum Company. 24 de marzo de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfredo Iñárritu. Relator: Xavier Icaza.