Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/381976
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
381976
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1427

TERCERIAS ANTE LAS JUNTAS.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1427

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 2432/39. García de Rone Margarita. 26 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza. Quinta Epoca: Tomo XLVII, página 6096. Indice Alfabético. Amparo 6286/35. Banco de Comercio. 26 de marzo de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Xavier Icaza y Salomón González Blanco. Relator: Xavier Icaza. Tomo XLVII, página 5180. Amparo en revisión en materia de trabajo 4483/35. Miguélez Gigosos Miguel. 26 de marzo de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Xavier Icaza y Salomón González Blanco. Relator: Xavier Icaza.
Registro digital (IUS): 381976