Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/382033
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 822
TRABAJADORES, COMPROBACION DE LA ENFERMEDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 822
Si un sindicato de trabajadores ferrocarrileros reclama a nombre de alguno de sus agremiados, el pago de salarios que afirma se han devengado, y la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México, se excepciona manifestando que dichos trabajadores no se habían presentado a sus labores, pretextando una enfermedad, lo que no justificaron como tenían el deber de hacerlo, resulta que como la obligación de cobrar dichos salarios, en caso de enfermedad, está subordinada a la existencia del certificado expedido por el médico de la propia empresa, si no se pudo obtener ese certificado, porque según afirma el médico comisionado al efecto para expedir dicha certificación, al ocurrir a los domicilios de esos trabajadores no abrieron las puertas, como quiera que el departamento médico de la empresa no se cercioró debidamente de si en efecto tales trabajadores se encontraban o no, enfermos, de acuerdo con la obligación que le impone a la empresa el contrato colectivo de trabajo, procede condenar a la misma al pago de los salarios que se le demandan, en virtud de que no podía considerarse a los trabajadores mencionados, como incapacitados para concurrir a sus labores, con motivo de enfermedad.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2310/34. Ferrocarriles Nacionales de México S. A. 10 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Alfredo Iñárritu.