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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382054
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1242
FERROVIARIOS, FUERZA DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1242
De acuerdo con el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo, los contratos legalmente celebrados deben ser puntualmente cumplidos, por lo que del contrato colectivo de trabajo de mil novecientos treinta y dos, se desprende que estando sujetos a dicho contrato los fogoneros de fijas, indiscutiblemente que las relaciones entre los expresados fogoneros y la empresa, deben regirse por dicho contrato.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6048/34 Trabajadores Ferrocarrileros de la República. 16 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.