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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1242
CONTRATOS DE TRABAJO, APLICACION DE LOS, TERCEROS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1242
Del contrato colectivo de trabajo de mil novecientos treinta y dos, celebrado entre la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México y sus trabajadores, se desprende que la sociedad de mecánicos y ayudantes ferrocarrileros CROM, controla la mayoría de fogoneros de fijas, razón por la cual, el contrato colectivo de trabajo se extiende a todos los fogoneros que trabajen en la empresa, aun cuando no sean miembros del sindicato que celebró el contrato, pues así lo establece el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6048/34 Trabajadores Ferrocarrileros de la República. 16 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.