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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 382067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1381
FERROVIARIOS, PRESCRIPCION DE LOS DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1381
En la Circular Número 64 girada por la Gerencia de los Ferrocarriles Nacionales, con motivo de una huelga, que fue declarada ilícita, se concedió a los huelguistas el plazo de una año para que solicitaran el reconocimiento de sus derechos de antigüedad, y debe computarse ese plazo, desde el día en que se puso en vigor dicha circular; en consecuencia, si una Junta de Conciliación interpreta en otro sentido tal circular, el amparo que por ello se pida, deberá concederse.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3436/35. Ferrocarriles Nacionales de México, S.A. 17 de octubre de 1935. Mayoría de tres votos. Ausente: Xavier Icaza. Disidente: Salomón González Blanco. Relator: Alfredo Iñárritu.